La Comisión Europea lleva unos meses elaborando una “lista negra” de aerolíneas, la Lista de Seguridad Aérea Europea, que sirve de referente para conocer cuáles son las compañías que están sujetas a las distintas prohibiciones tanto de explotación como de operación dentro del territorio Europeo. Los estándares de seguridad son la base de la misma.
El viernes pasado se publicó la actualización de la que ya fuera publicada en junio, en la que se pueden consultar las 230 aerolíneas que tienen vetado su ejercicio normal en la Unión Europea. Dicha actualización, por lo que se comprometieron, será efectiva de manera trimestral para asegurar a los pasajeros que se decidan a volar por cielo europeo que se cumplen los principales estándares que marca la Comisión para garantizar la seguridad de los pasajeros y que será revisable para poder obligar a las compañías a comprometerse en este campo y evitar tragedias.
Son las aerolíneas que no cumplen los estándares marcados por Bruselas las que forman parte de este listado. Según detalla la propia CE “Gracias a la aplicación eficaz de normas elevadas de seguridad, los niveles de seguridad de la aviación en Europa se encuentran entre los mejores del mundo. A pesar de que la Unión Europea y sus Estados miembros cooperan estrechamente con las autoridades de seguridad de otros países y con organizaciones internacionales de aviación, todavía existen algunas compañías aéreas que no cumplen los niveles fundamentales de seguridad, reconocidos internacionalmente.”
¿Qué es la Lista?
La Lista de seguridad de la UE (“Lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad”) es una lista de compañías aéreas a las que la Comisión Europea, en virtud del Reglamento (CE) nº 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2005, relativo al establecimiento de una lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad y a la información que deben recibir los pasajeros aéreos sobre la identidad de la compañía operadora, y de acuerdo con el dictamen del Comité de Seguridad Aérea de la UE, decidió imponer una prohibición de explotación total o parcial dentro de la Unión Europea por incumplimiento de las normas internacionales de seguridad aplicables. (Fuente: http://ec.europa.eu/transport/modes/air/safety/air-ban)
Air Astana sale de la Lista de Seguridad Aérea
La aerolínea de Kazajistán ha conseguido salir del listado que la prohibía operar en suelo europeo días después de la adopción de las nuevas estrategias de aviación que marcarán las posibilidades dentro de Europa. La compañía, con base en el Aeropuerto de Astana, que llevaba más de seis años sin poder operar sus vuelos en los países miembros.
Según la Comisión Europea, actualizar este listado “es esencial para garantizar el más alto nivel de seguridad aérea. Además, complementa el nuevo régimen de autorización para los operadores de terceros países”. Este nuevo régimen lleva introduciéndose progresivamente desde junio de este año para mejorar la seguridad y simplificar la burocracia.
Otra compañía que ahora sí, ha comenzado a formar parte de la Lista de Seguridad Aérea de la UE es Air Iraq, una de las más antiguas de Medio Oriente debido, como muchas otras de las 228 que forman parte, a la “falta de vigilancia de la seguridad de las autoridades de aviación de los Estados”. Y entre estos Estados se encuentran países como Afganistán, República Democrática del Congo, Guinea Ecuatorial, Gabón, Liberia, Mozambique, Nepal, Sierra Leona o Sudán, entre otros.
A esas 228 hay que sumar dos aerolíneas que preocupan a la CE en lo que se refiere a los términos mínimos de seguridad: Airways Irak y Blue Wing Airlines de Surinam.
Pero no todas las aerolíneas ven restringida en su totalidad la operatividad en Europa, sino que hay otras como Afrijet, SN2AG, Air Koryo, Iran Air o TAAG Angola Airlines y Air Madagascar que sólo podrán hacerlo con parte específica de su flota de aviones, no pudiendo traspasar el territorio unitario con otro tipo de aeronaves.